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SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León
De Desarrollo Social 

 

CAPÍTULO NOVENO

ARTÍCULO 24.- La Secretaría de Desarrollo Social estará a cargo de un Secretario, quien deberá ser nombrado por el Presidente Municipal y será la Dependencia encargada de diseñar, operar y evaluar las políticas, programas sociales y acciones de mejoramiento integral de la ciudadanía; promoviendo los valores de solidaridad, honestidad, confianza e

 

 

integración social y participación ciudadana, mediante el fomento de las actividades culturales, artísticas, de salud, de educación no escolarizada, deporte y recreación, correspondiéndole el despacho de los siguientes asuntos:

 

  1. Crear, planear, fomentar, realizar y vigilar los programas y las actividades educativas, deportivas, artísticas y culturales;

  2. Apoyar la participación de los particulares para la constitución de comités de colaboración comunitaria;

  3. Proponer al Presidente Municipal las políticas y programas sociales relativos a la difusión de la cultura, la conservación e incremento del patrimonio artístico y la promoción de las actividades recreacionales;

  4. Mantener una estrecha relación de trabajo con las escuelas de nivel básico, nivel medio superior, así como de nivel superior que existen en el Municipio de Montemorelos, Nuevo León;

  5. Promover, gestionar, tramitar y asesorar para los estudiantes de escasos recursos económicos y altas calificaciones, tengan acceso a becas que apoyen su educación, superación y capacitación;

  6. Organizar exposiciones artísticas, ferias, certámenes, concursos, audiciones, representaciones teatrales y exhibiciones de interés cultural;

  7. Organizar y coordinar en beneficio de la comunidad la celebración de eventos y espectáculos públicos recreativos y de esparcimiento;

  8. Organizar desfiles atléticos y toda clase de eventos deportivos;

  9. Promover, gestionar, coordinar y vigilar la erradicación del rezago educativo, así como programas de apoyo a escuelas en el Municipio;

  10. Promover la participación de los ciudadanos en el progreso de la calidad de vida, así como espacios de diálogo para facilitar su presencia en la creación y evaluación de las distintas políticas sociales del Municipio;

  11. Elaborar estudios y diagnósticos de las condiciones sociales del Municipio, estableciendo políticas para el bienestar social de la comunidad;

  12. Proponer programas y proyectos municipales para el bienestar social de la ciudadanía montemorelense;

  13. Dirigir la aplicación de los programas sociales Federales, Estatales y Municipales de asistencia social hacia los grupos más vulnerables del Municipio de Montemorelos;

  14. Consolidar las formas de organización comunitaria, a efecto de fomentar e incrementar la participación ciudadana en los programas sociales que se desarrollan;

  15. Participar en la celebración de contratos y convenios relacionados con el ejercicio de sus atribuciones;

  16. Resguardar el archivo de la documentación relativa a los asuntos de su competencia;

  17. Dar cumplimiento en lo que corresponde a sus funciones de acuerdo a lo dispuesto a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León;

  18. Coordinar y vigilar el cumplimiento de las funciones de las Unidades Administrativas a su cargo y del ejercicio de las mismas;

  19. Promover y organizar la participación del gobierno municipal en competencias deportivas intermunicipales, estatales y federales y toda clase de eventos deportivos;

  20. Participar en coordinación con las demás Secretarías y con autoridades competentes en la realización de campañas deportivas municipales y de actividades orientadas a

 

 

prevenir y disminuir el alcoholismo, el pandillerismo, el tabaquismo y la drogadicción en el municipio;

  1. Crear, planear, propiciar, fomentar, realizar y vigilar los programas y las actividades de salud pública;

  2. Promover y gestionar, para que los mejores deportistas del municipio que sean de escasos recursos económicos, tengan acceso a becas que apoyen al desenvolvimiento de su deporte;

  3. Organizar programas que promuevan el deporte, así como las actividades convenientes que integren a la juventud en el desarrollo social;

  4. Organizar competencias y ligas relacionadas con la diversidad de deportes, así como establecer y controlar la formación y funcionamiento de las mismas y los lineamientos para su operación;

  5. Programar los eventos deportivos que se realizan en coordinación con la Secretaría de Educación y el Instituto del Deporte del Estado;

  6. Participar representando al Municipio de Montemorelos, Nuevo León, en las convocatorias que realiza el Instituto del Deporte del Estado o cualquier otra institución.

  7. Promover y propiciar la creación de espacios físicos destinados a la práctica del deporte en el municipio, con apego a los planes, programas, declaratorias o disposiciones administrativas sobre desarrollo urbano;

  8. Coadyuvar en el desarrollo integral de niños, jóvenes y adultos, a través de programas de práctica deportiva;

  9. Fomentar el desarrollo de los adultos mayores y personas con capacidades diferentes organizando actividades deportivas y de entrenamiento que procuren su superación personal e integración plena a la vida familiar y social;

  10. Participar en la celebración de contratos y convenios relacionados con el ejercicio de sus atribuciones;

  11. Cumplir y hacer cumplir la parte que a sus dependencias y unidades administrativas corresponda, relacionado con el Plan Municipal de Desarrollo, su evaluación y seguimiento;

  12. Llevar a cabo programas, acciones y actividades, así como ofrecer servicios públicos de calidad orientados hacia las mujeres y los adultos mayores del Municipio;

  13. Fomentar una cultura de respeto a la dignidad de las mujeres en todos los ámbitos de la vida en sociedad para superar toda forma o práctica de discriminación hacia la mujer; y

  14. Los demás que en las materias de su competencia le atribuyan al Municipio las leyes y reglamentos vigentes o le asigne el Presidente Municipal.

 

Para el despacho de los asuntos de su competencia, el Secretario de Desarrollo Social y Humano, se auxiliará, entre otras, de las siguientes Dependencias: Dirección de Educación  y Acción Cívica, Dirección de Deportes; Dirección del Adulto Mayor, Dirección de Vinculación Ciudadana, Dirección del Instituto de la Mujer; así como de las Coordinaciones y demás personal que sea necesario.

Área que genera la información: Contraloría Municipal
Fecha de validación: 27/10/2017
Fecha de actualización: 27/10/2017

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